jueves, mayo 10, 2007

Caso Arenillas, nuevos aspectos.


Podemos leer hoy en El Confidencial que "Arenillas usó 'hombres de paja' para que su sicav Tagomago tributara al 1% en vez de al 35%"

Se abre un nuevo frente en el ‘escándalo Arenillas’, por si hubiera pocos incendios declarados en la CNMV. Se trata de su sicav Tagomago Investment II, que se ha beneficiado de un truco legal para no pagar el 35% del Impuesto de Sociedades, sino un tipo rebajado del 1%. Este truco consiste en incluir en el capital a hombres de paja o ‘mariachis’ hasta llegar a 100 partícipes, lo que les permite acceder a esta fiscalidad favorable.

Asimismo, tener una sicav permite al inversor -en este caso Arenillas- no tributar por las plusvalías generadas en cada operación en bolsa como el común de los mortales, ya que estas operaciones no las realiza el individuo, sino la sociedad (y tributa por ellas en Sociedades al citado 1%). El partícipe sólo tiene que pagar a Hacienda cuando vende sus acciones en la sicav.

Aparte de la discutible legalidad de esta práctica habitual en la banca privada, expertos consultados por El Confidencial consideran “impresentable” que el vicepresidente del supervisor de los mercados utilice estas “argucias legales” para rebajar su factura con el fisco. Arenillas posee el 99,25% del patrimonio de la sicav, según datos del Registro Mercantil, un patrimonio que se elevaba a 9,4 millones de euros al cierre de 2006.

Esta peculiaridad fiscal de las sicavs creó una polémica enorme en la primavera de 2005, cuando Hacienda levantó actas de inspección a numerosas sociedades de este tipo por entender que no se las podía considerar instituciones de inversión colectiva (IIC), ya que la mayoría de sus partícipes no eran realmente propietarios de capital. Los bancos privados y gestoras de patrimonios suelen complementar los grupos familiares (o los individuos) dueños del patrimonio con personal de su plantilla hasta llegar a los 100 que exige la ley.

Pedro Solbes zanjó esta polémica determinando que era la CNMV y no Hacienda el órgano competente para determinar si cada sicav individualmente cumple los requisitos para ser considerada IIC y acceder al tipo del 1%.

El Gobierno llegó a modificar la ley que regula estas sociedades para aclarar esta competencia exclusiva de la CNMV. Y hace unos días varios tribunales anularon las sanciones impuestas en 2005 a varias sicavs por entender que la inspección tributaria “se extralimitó en sus funciones”.

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