domingo, abril 29, 2007

Preguntas y respuestas sobre el informe relativo a ANV:

Lo vimos en El Vivero

1º.- ¿Por qué hace no demasiado se creó el mando único de la Policía Nacional y la Guardia Civil?
Los informes policiales de la UCI (Unidad Central de Inteligencia de la Policía Nacional) han sido de manera bastante evidente desde hace algún tiempo muy deficientes y muy tendentes a mirar hacia otro lado en relación con el entorno de ETA. No es de extrañar si tenemos en cuenta que el Comisario General de Información, (el jefe de la UCI) nombrado por el PSOE Telesforo Rubio, quien entró como policía de a pie con diecinueve años y no tenía ninguna experiencia en materia antiterrorista y cuyo mayor mérito era una acrisolada lealtad al PSOE (hasta llegar a preparar la comparecencia del 11M en la sede socialista de Gobelas).
Los informes de la Guardia Civil, a pesar de haber trasladado a bastante personal del servicio de información de Intxaurrondo, seguían siendo bastante sólidos, con lo que resultaba un incordio considerable para la blue del “proceso de paz”, la política de apaciguamiento o los guiños varios a Ternera y sus muchachos.Unificar los mandos permitía, en caso de necesidad, inclinar la balanza hacia el pío pío que yo no he sido de la Policía Nacional.

2º.- ¿Por qué Garzón encarga un informe al mando único sobre ANV?
Garzón disponía de dos informes sobre ANV, uno de la Policía Nacional y otro de la Guardia Civil. El de la Guardia Civil era bastante definitivo en cuanto a la relación BATASUNA/ETA – ANV. Si tenía dudas respecto a sus contenidos podía haber solicitado aclaraciones a cada cuerpo por separado, como es la práctica habitual. Sin embargo, optó por pedir aclaración al mando único.Al pedir un informe único lo que se consigue es que sea realizado por un miembro de la Guardia Civil y otro de la Policía Nacional, con la supervisión del mando único, Mesquida. De tal manera que cuando hay diferencias de criterio, se impone lo que mande el jefe. O lo que es lo mismo, se trata de utilizar el mando único para lo que ha sido creado: para “suavizar” la contundencia de la Guardia Civil.
Pongamos un ejemplo, cuando Garzón pregunta si realmente la sede de ANV es utilizada para financiar asociaciones ilegales de la estructura de ETA, el informe concluye que no se ha estudiado ese extremo y que por tanto no se hay indicio alguno de que se utilicen para tal fin. Sin embargo, el propio informe no puede ocultar el hecho probado de que en la sede de ANV existía una hucha rotulada con el nombre de “SEGI” (organización declarada terrorista). Cualquiera puede concluir que eso significa que en la sede de ANV se recaudan fondos para organizaciones terroristas, pero el informe, sorprendentemente, no llega a esa conclusión. ¿Por qué?
Otro ejemplo: el informe concluye que “no se puede determinar que ANV sea elemento instrumental de ETA-BATASUNA, aunque haya afinidad en algunos objetivos”. Sin embargo el propio informe manifiesta que hay una persona de Batasuna perfectamente identificada a la que se relaciona con la estrategia electoral de ésta y que por diversos datos podría ser el encargado de confeccionar las listas de ANV y Abertzaleak Sozialistak en la localidad de la que se encarga. También existe un documento de Batasuna para las elecciones municipales que habla de tener listos planes A, B y C, considerando la policía que se podría identificar el plan “A” con ASB, el “B” con AS y el “C” con ANV. Además, el informe manifiesta que todavía se está analizando el contenido de las candidaturas y concluye que “pudieran existir indicios de un posible planeamiento y diseño de la estrategia de utilización de las siglas ANV y de la elaboración de listas por parte de Batasuna”. Uno pensaría que siendo esto así lo lógico sería que en lugar de ser tan rotundo cuando se dice que no se puede determinar que ANV sea elemento instrumental de ETA-BATASUNA y tantas medias tintas cuando se habla de los indicios que acreditan tal circunstancia, resultaría más objetivo decir: “si bien en el momento actual no se puede determinar con certeza que ANV sea elemento instrumental de ETA-BATASUNA, hay afinidad en algunos objetivos y existen indicios sólidos de que aquélla está siendo utilizada por ésta para las elecciones municipales, por lo que habrá que esperar para ofrecer una respuesta definitiva al estudio de las listas y otros elementos cuya investigación no ha podido concluir”. Pero… pero el informe está sometido al mando único, es decir, Mesquida y no dice eso, sino que dice lo que dice.

3º.- ¿Por qué Garzón impone un plazo de máxima urgencia (dos días) para la elaboración de un informe complejo?
Desde el punto de vista jurídico no hay explicación. Garzón tiene que investigar si ANV es parte de la organización terrorista liderada por ETA-KAS/EKIN, pero no tiene, a diferencia de lo que sucede con la Fiscalía, Abogacía del Estado y la Sala del artículo 61 el plazo perentorio que marca el proceso electoral. Digamos que las elecciones, desde el punto de vista de lo que investiga Garzón, son secundarias. Por tanto no se comprende el sentido jurídico de la urgencia en el informe. Que cada cual saque las consecuencias sobre las prisas del magistrado.

4º.- ¿Cuál sería la interpretación razonable de lo que está sucediendo con el Juzgado de Garzón, el informe del mando único y ANV?
Algunos previos. Garzón, en el caso del ácido bórico, se dedicó a instruir un asunto para el que no era competente y llegó a la inaudita conclusión de que había que imputar por falsedad a quienes habían realizado unos informes en los que ni un solo dato falso había y, sin embargo, no había que imputar a quien sí que había introducido en los citados informes una auténtica cadena de falsedades. Esta decisión fue modificada posteriormente por el juez que sí era competente para la instrucción del caso, el cual imputó por falsedad a la cúpula de la policía científica y “levantó” la imputación de los imputados por Garzón, decisión avalada por la Sala de la Audiencia Provincial de Madrid. La decisión de Garzón, de manera objetiva, beneficiaba al PSOE.Garzón, en el caso del Lino, abrió juicio oral contra un buen montón de gente. La Sala no sólo ha absuelto a todos, sino que ha dicho expresamente que no se encuentra indicio alguno de culpabilidad, lo que es una crítica directa a la propia apertura del juicio oral acordada por Garzón. La decisión del Juez que vio amanecer, de manera objetiva, beneficiaba al PSOE.
Garzón, con la llegada del llamado “proceso de paz” ha pasado de prohibir de manera extensísima todas las actuaciones de Batasuna, a considerar que Batasuna puede actuar siempre que no parta de ella la iniciativa (resolución sobre la reunión con el PSE) y a considerar que cuando los miembros de la Mesa Nacional actúan conjuntamente y bajo el genérico de Izquierda Abertzale (estructura liderada por ETA-KAS/EKIN) no lo hacen en nombre de Batasuna y, por tanto, no se pueden prohibir sus actos. Esta decisión de Garzón, de manera objetiva, beneficia la política de negociación con ETA del PSOE.
Se podrían poner muchos más ejemplos como los anteriores. Analicemos ahora lo que está sucediendo aquí. En este caso, se solicita con máxima urgencia un informe del mando único sobre ANV. Éste hace el informe que conocemos y que, de manera objetiva, facilita la posición del PSOE que se niega a promover la ilegalización del partido como sucesor de Batasuna ante la Sala del artículo 61. No sería de extrañar que Garzón dictara en breve plazo un Auto que venga a decir que los chicos de ANV son unos tipos estupendos y que ninguna prueba hay de su vinculación con Batasuna. Con este Auto el PSOE podría sin demasiados problemas justificar su decisión de permitir que ETA-Batasuna vuelva a estar en las elecciones y recupere su poder económico y político. Así pues, la decisión de Garzón pidiendo el informe y si llegara la decisión de Garzón de dictar un Auto “absolviendo” a ANV, de manera objetiva, benefician la política de negociación con ETA del PSOE y permiten minimizar los costes electorales de volver a dejar pasar las candidaturas de ETA a las elecciones.

5º.- Antecedentes de Garzón
Conviene no olvidar que Garzón se presentó como número 2 del Partido Socialista a las elecciones Generales en 1993. Asimismo conviene no olvidar que, siendo Magistrado, ha manifestado públicamente que se debería llevar a Aznar al Tribunal Penal Internacional y que ha realizado infinidad de manifestaciones públicas de contenido político generalmente perjudiciales al PP y beneficiosas para el PSOE. Hace no demasiado ha estado entrevistando públicamente al Presidente del Gobierno, lo que parece no ser lo más razonable para dar una sana imagen de separación de poderes.
Saludos cordiales.

2 comentarios:

Álvaro dijo...

Hola a todos, encantado:

Muy buena la entrada, sin duda. Lo de Garzón es, nunca mejor dicho, de juzgado de guardia y el mejor ejemplo de que lo de la independencia judicial en este país no se ha conseguido.

Saludos

Anónimo dijo...

¿A quiénes llevan en las listas del PSOE Simancas y Sebastián?

Lista del PSOE en Pozuelo de Alarcón: Eva Izquierdo (...) Mauricio Hsu Palombini.

¿Este Hsu Palombini será el mismo que figura en este boletín oficial por evasión de impuestos?

¡Qué feo! ¿no?

Leemos en http://www.madrid.org/staticFiles/PDFSBoletin/20020410/ii.pdf

Pág. 73 MIÉRCOLES 10 DE ABRIL DE 2002 B.O.C.M. Núm. 84

EDICTO

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES

DON JOSE LUIS MIGUEL VÁZQUEZ, Recaudador Ejecutivo de la U.R.E. 28/27

de la Seguridad Social de Madrid, sita en la calle Londres, número 60.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye

en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra MAURICIO HSU PALOMBINI

con número de afiliación 280277745952, por deudas a la seguridad social, y cuyo

último domicilio conocido fue en c/ Florencio García, 4-3.o-B, se ha practicado con

fecha 25 de octubre de 2000 la diligencia que a continuación se transcribe:

”DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unisdad de Recaudación Ejecutiva de la

Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra el deudor

(o deudores) que a continuación se expresa/n y estimándose insuficientes los bienes

embargados en el territorio de esta Oficina de Recaudación.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor o a cada

uno de los deudores que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente

se expresan

SUJETO OBLIGADO AL PAGO: MAURICIO HSU PALOMBINI con número

de afiliación 280277745952.

CONCEPTO:Cuotas adeudadas al REGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES

AUTONOMOS de la Seguridad Social por DESCUBIERTO TOTAL de AÑOS

1996, 1997, 1998 y ENERO A JUNIO/1999, por un importe de 7.666,77 euros de

principal, 2.683,36 euros de recargo y 1.502,53 euros de costas presupuestadas; sumando

un total de 11.852,66 euros.

(...)

Madrid, a 6 de marzo de 2002.—EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Jose Luis

Miguel Vázquez.

Sobre Hsu Palombini ver también:

http://marcianitosverdes.haaan.com/2006/09/la-locura-de-las-chemt...

http://espacioexterior.blogspot.com

¡Increíble! ¡A no perdérselo! No dejen de leer estos links ...

¿Pondrán los del PSOE aparatos de "orgonito" en Madrid para protegernos de las chemtrails y de las antenas de telefonía móvil?