miércoles, noviembre 02, 2005

Deconstruyendo el estatuto - 22


Artículo 48. Movilidad y seguridad vial
1. Los poderes públicos deben promover políticas de transporte y de comunicación, basadas en criterios de sostenibilidad, que fomenten la utilización del transporte público y la mejora de la movilidad garantizando la accesibilidad para las personas con movilidad reducida.
2. Los poderes públicos deben impulsar, de forma prioritaria, las medidas destinadas al
incremento de la seguridad vial y la disminución de los accidentes de tráfico, con especial
incidencia en la prevención, la educación vial y la atención a las víctimas.


No me he entretenido en contar cuántas veces aparece la palabra sostenibilidad en el estatuto. Es, imagino, el necesario peaje a Izquierda Unida, aquí llamada Iniciativa. Sí, los comunistas, que aunque parezca increíble gobierna a todo trapo en una de las comunidades más industriales y prósperas de España.
Cuanto más se avanza más claro se ve que este estatuto se ha llenado de cosas inútiles con dos únicas finalidades: deslumbrar a todo tipo de colectivos diciéndoles “¿veis? Hemos pensado en vosotros” y, sobre todo, marear la perdiz para que las cuestiones de fondo, lo verdaderamente importante, se pierda en el bosque de un articulado demencial. Pero ¿es que alguien cree que alguna constitución de algún país serio del mundo contempla en su articulado el fomento del transporte público y la lucha contra los accidentes de tráfico? Estamos en manos de una pandilla de pirados.


Germont

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